La nueva Ley de Tráfico que está a punto de aprobarse va a incluir enmiendas importantes para nuestra seguridad vial. Una de ellas es la conocida como tasa 0,0 de alcohol, que la DGT va a implantar dentro de su objetivo de cero víctimas en accidentes para 2050.

El nombre de esta medida lo dice todo: quedará terminantemente prohibido conducir después de haber tomado una bebida con alcohol. ¿A qué conductores afectará? No a todos, sino únicamente a los menores de edad. 

De este modo, todos los usuarios de cuadriciclos ligeros, motos de menos de 125 cm3, bicicletas o patinetes eléctricos que no hayan cumplido los 18 años deberán circular totalmente 'limpios' de alcohol. En el caso de que se apruebe el nuevo carné B1, los poseedores de esta licencia, con 16 o 17 años, también tendrán que cumplir esta norma. 

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Según explica El Economista, la tasa 0,0 se ha introducido en el artículo 14 de la Ley de Tráfico, pero aún tendrá que pasar por el Congreso de los Diputados para validarse, después de haberse introducido en el Senado.

Este es el texto aprobado en la Cámara Alta: "En ningún caso, el conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro".

Si te estás preguntando cuál será la multa en el caso de dar positivo, la respuesta es una sanción económica aún por determinar. Lógicamente, al no haber carné por puntos para los menores de edad, no se puede recortar esa nómina. 

En cuanto a los límites de alcohol para los conductores mayores de edad, no se modificarán en la nueva ley. Por lo tanto, se mantienen los 0,25 miligramos por litro en aire espirado o los 0,5 gramos por litro en sangre. 

En el caso de conductores profesionales y noveles (menos de un año de experiencia), las cifras se reducen a 0,15 miligramos y 0,3 gramos. Conviene recordar que, en 2020, el 48,7% de los fallecidos en las carreteras había consumo alcohol, drogas o psicofármacos.