Aunque Madrid Central entró en vigor el pasado viernes 30 de noviembre, no ha estado vigente hasta este 16 de marzo, momento en el que han comenzado las sanciones por circular sin autorización.
Unas multas que sufrirán todos aquellos que circulen sin autorización o sin la pegatina de la DGT adecuada, por la nueva zona de bajas emisiones que regirá el destino y la movilidad de la capital de España. Un área de circulación restringida como nunca se había visto antes, en busca de reducir la contaminación, que ha dividido a la población.
¿A qué zonas afecta?
La zona de Madrid Central comprende casi todo el distrito Centro, que no es poco. En estos dominios, se comprenden los barrios de Palacio, Embajadores, Cortes, Justicia, Universidad y Sol, a la vez que se creará una Zona de Bajas Emisiones junto con las APR (Áreas de Prioridad Residencial) ya existentes: Letras, Cortes, Embajadores y Ópera.
Con esta medida de unificación, se busca que resulte más sencillo el conocimiento y la comprensión, tanto para los residentes, como para el resto de vecinos de la ciudad o los visitantes.

¿Qué calles forman el perímetro?
La zona de aplicación de Madrid Central queda estructurada en torno a las calles Alberto Aguilera, Glorieta de Ruíz Jiménez, Carranza, Glorieta de Bilbao, Sagasta, Plaza de Alonso Martínez, Génova, Plaza de Colón, Paseo de Recoletos, Plaza de Cibeles, Paseo del Prado, Plaza de Cánovas del Castillo, Paseo del Prado, Plaza del Emperador Carlos V, Ronda de Atocha, Ronda de Valencia, Glorieta de Embajadores, Ronda de Toledo, Glorieta de la Puerta de Toledo, Ronda de Segovia, Cuesta de la Vega, Calle Mayor, Calle Bailén, Plaza de España (lateral continuación de la Cuesta de San Vicente), Calle Princesa y Calle Serrano Jover.
Eso sí, se permite la libre circulación de vehículos en todas las calles que delimitan el área. Es dentro, donde queda restringidos el acceso y la circulación de los coches sin el correspondiente permiso.

¿Cuál ha sido el calendario de aplicación de Madrid Central?
29 de octubre: comienza el plazo para solicitar algunos permisos especiales, para las personas con movilidad reducida y los profesionales que realicen carga y descarga en la zona. En el primer caso, se pueden solicitar en el teléfono 010, en Twitter y en las distintas Oficinas de Atención a la Ciudadanía. En el segundo supuesto, deben dirigirse a la Oficina del consistorio, en la calle Bustamante, número 16.
- 1 de noviembre: comienza la campaña de información en soportes exteriores y medios de comunicación, que se extenderá hasta diciembre.
- 28 de noviembre: petición de autorizaciones puntuales para los invitados de las personas empadronadas, a través del teléfono municipal 010.
- 30 de noviembre: entrada en vigor las normas de Madrid Central, con aplicación gradual y progresiva y controles manuales de agentes de Policía Municipal y Movilidad.
- Comienzos de enero: dos meses de prueba del sistema informático de gestión de multas de Madrid Central. Durante este tiempo, se enviarán comunicaciones sin multa a las personas que incumplan la normativa. En caso de reiteración, se enviará una segunda carta a los 15 días.
- 8 de enero: inicio del periodo de trámites por vía telemática en el perfil del usuario de Madrid Central, que se habilitará en la web www.madrid.es
- 16 de marzo: a partir de esta fecha, las multas son firmes.

¿A cuánto ascienden las multas?
La sanción por circular sin autorización por el perímetro de Madrid Central son de 90 euros, que se quedarán en 45, con la reducción por pronto pago.
Durante el periodo de comunicaciones sin multa, más de 15.000 conductores han sido 'cazados' circulando de manera incorrecta. ¿Cómo se controla el acceso? Muy sencillo, gracias a las cámaras del Ayuntamiento, situadas en todos los accesos de la almendra central.