Tras un tenso Consejo de Ministros extraordinario, se ha dado forma al decreto 463/2020 para establecer el estado de alarma, a causa de la crisis del coronavirus. La medida, que ya fue adelantada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, estará vigente durante 15 días en toda España; a partir de esa fecha, se necesita la aprobación del Congreso para su prórroga.

De hecho, ya te contamos qué consistía y cómo se aplicaba el estado de alarma, que ya ha entrado en vigor, tras su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

Pero hoy, el propio Sánchez ha explicado las limitaciones de movimiento que se establecerán para los ciudadanos. Puestas en marcha con celeridad, básicamente, llaman al confinamiento de la población de todo el territorio nacional, para tratar de frenar la expansión de la enfermedad.  

Acorde a ese decreto, en términos de movilidad, se limitan todos los desplazamientos y viajes; de hecho, según el escrito, la población solo podrá salir de sus casas, de forma individual, para:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

Galería: Calles de Madrid

En lo referido a la circulación de vehículos, el Ministerio de Interior puede acordar el cierre de carreteras o de algunos tramos de las mismas, por motivos de salud.

Además, también se ha anunciado un reducción en el transporte público de viajeros por carretera, ferroviarios (cercanías, media distancia y media distancia-AVANT), aéreo y marítimo, de entre un 40% y un 60%. El decreto afecta a los que están sometidos a control público u obligaciones de servicio público, a los que no y a los competencia autonómica y local.

Por su parte, según ha afirmado el presidente del Gobierno en rueda de prensa, los particulares podrán repostar sus vehículos, en gasolineras o estaciones de servicio. Eso sí, siempre cumpliendo las recomendaciones de las distintas autoridades sanitarias (ya sean autonómicas o estatales).

Guardia Civil

Para que se cumpla con todos los preceptos indicados, los agentes de la ley tienen orden de llevar a cabo registros y todo tipo de comprobaciones necesarias, "en las personas, bienes, vehículos, locales y establecimientos".

Recordemos que todos los cuerpos de seguridad del Estado, incluyendo los Mossos d'Esquadra, la Ertzaintza y las distintas policías locales, quedan bajo el mando del Ministerio del Interior. Además, para garantizar las medidas de limitación de movimiento, el Gobierno puede solicitar la actuación de las Fuerzas Armadas.